Micelio
Auto28 de enero de 2026

A-041/26 de 2026

Ponente Vladimir Fernández Andrade

Tema · dato duro
Demanda Ejecutiva De Menor Cuantía Contra Municipio Por Concepto De Suministro De Alimentos Correspondientes A La Canasta Básica-Incertidumbre En La Relación Contractual Entre Las Partes.
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Dibulla y el Juzgado 003 Administrativo de Riohacha, suscitado por una demanda ejecutiva de menor cuantía presentada por Provisiones San Mateo S.A.S contra el municipio de Dibulla en la que solicita que se libre mandamiento de pago por una suma de dinero por concepto de suministro de alimentos correspondientes a la canasta básica.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena indica que, en el expediente no obra prueba que acredite de manera expresa la existencia de un contrato estatal, así que no existe certeza sobre si el suministro realizado entre la sociedad demandante y la entidad pública demandada se desarrolló o no en el marco de una relación contractual estatal, teniendo en cuenta que el municipio de Dibulla es una entidad pública sujeta al Estatuto General de Contratación Pública, conforme al artículo 2 de la Ley 80/93.

Resalta la Sala que el juez que dirime el conflicto no está llamado a definir la existencia o inexistencia del contrato estatal, ya que tal determinación desbordaría el objeto del trámite —limitado a determinar la competencia— e invadiría la órbita del juez natural de la controversia.

Por consiguiente, al tratarse de una reclamación orientada al pago de un título valor cuyo origen contractual no puede establecerse con certeza, resulta aplicable la regla fijada por la Sala Plena en el Auto 553/22, según la cual el conocimiento del asunto debe radicarse en la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.